Debo señalar, que el proceso, es el cauce natural para la discusión y resolución de los litigios, normalmente termina con la sentencia definitiva dictada por el juez en representación del Estado; pero, suele acontecer, que su cierre se produzca por otras formas extraordinarias, en donde la voluntad expresa o implícita de los sujetos procesales, jueguen un papel preponderante en este aspecto. Estas formas extraordinarias de conclusión del proceso, están reguladas en el COGEP, en los Arts. 233 al 249, cuyo análisis en relación al retiro de la demanda y al abandono, lo hago en el presente trabajo. Como señala el maestro Hemando Devis Echandía, el modo ordinario de terminar la relación procesal, es la sentencia. Sin embargo, existen otros actos que producen el mismo resultado, aunque son de naturaleza distinta y algunos de ellos tienen efectos diferentes. El COGEP, señala: a la conciliación, a la transacción, al retiro de la demanda, al desistimiento, al allanamiento, y al abandono, como formas extraordinarias de conclusión del proceso; pero en esta oportunidad, solamente trato sobre el retiro de la demanda y sobre el abandono. El maestro Francisco Ramos Méndez, en su obra Derecho Procesal Civil, Tomo I, dice: Considerando la sentencia como el modo normal de concluir el proceso, los autores en contraposición suelen hablar de modos anormales de terminación del proceso, superando el símil biológico, hay que poner de relieve que incluso en muchos de los casos que se analizan en este capítulo, el proceso sigue
Análisis Jurídico Teórico Práctico
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Debo señalar, que el proceso, es el cauce natural para la discusión y resolución de los litigios, normalmente termina con la sentencia definitiva dictada por el juez en representación del Estado; pero, suele acontecer, que su cierre se produzca por otras formas extraordinarias, en donde la voluntad expresa o implícita de los sujetos procesales, jueguen un papel preponderante en este aspecto. Estas formas extraordinarias de conclusión del proceso, están reguladas en el COGEP, en los Arts. 233 al 249, cuyo análisis en relación al retiro de la demanda y al abandono, lo hago en el presente trabajo. Librería Jurídica Andina Ediciones | Guayaquil – Ecuador.
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Categorías: Derecho Civil, Leyes y Códigos 2022
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