Sold out
Al respecto, el Estándar Probatorio de la duda razonable, es un patrón probatorio de alto nivel, que de manera racional, se utiliza para proceder sentenciar a una persona procesada, más allá de toda duda razonable. En lo pertinente, en un Estado constitucional, social, de justicia y de derechos, corresponde siempre a la organización estatal la carga de probar que una persona es responsable de un delito, produjo el daño, o participó en la comisión del mismo, lo que se conoce como principio onus probandi incumbit actori.
La actividad probatoria que despliegue el organismo investigador debe entonces encaminarse a destruir la presunción de inocencia de que goza el acusado, a producir una prueba que respete las exigencias legales para su producción, de manera suficiente y racional, en el sentido de acoplarse a la legalidad, a la autenticidad, a la sana critica, en su lógica, máxima de experiencia y conocimientos científicos.
Así pues, no le incumbe al acusado desplegar ninguna actividad a fin de demostrar su inocencia, lo que conduciría a exigirle la demostración de un hecho negativo, pues por el contrario es el acusador el que debe demostrarle su culpabilidad. Por ello, a la luz del principio del in dubio pro reo, si no se logra desvirtuar la presunción de inocencia hay que absolver al acusado, y toda duda debe resolverse a su favor incluyendo la absolución de la sentencia.
En este mismo orden de ideas, la estructura y el contenido del presente libro, han sido diseñados con base a las necesidades y exigencia del sistema acusatorio, desarrollado fundamentalmente en la Constitución de la República de Ecuador y el Código Orgánico Integral Penal; al respecto, el presente libro, trata sobre, la definición, caracteres y antecedente histórico del proceso acusatorio, las funciones de la Fiscalía General del Estado en el sistema acusatorio, la esencia del proceso acusatorio en el Estado constitucional de derechos y justicia, la libre valoración de la prueba, la valoración racional de la prueba, la duda razonable, el convencimiento más allá de toda duda y la motivación de la sentencia.